A QUE TENGO DERECHO CUANDO SE ACABA CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO?
Contratos a término indefinido:
- Trabajadores con salario -10 SMLV (hoy $4’615.000):,
- a) 30 días, cuando el trabajo no sea mayor a 1 año.
- b) 20 días adicionales, si tiene mas de 1 año, y fracción proporcional.
- Trabajadores con salario igual o superior a 10 SMLV:
- a) 20 días adicionales cuando el trabajo no sea mayor a 1 año.
- b) 15 días, si tiene mas de 1 año de servicio continuo, adicionales al numeral anterior y proporcionalmente por fracción.
- Trabajadores que al entrar en vigencia Ley 789 de 2002 (Diciembre 27), tuvieren 10 años o mas de servicio continuo al empleador, aplica tabla literales b) c) y d) artículo 6º de Ley 50 de 1990.
Indemnización se pagará así:
- + 1 año -5: 15 días adicionales a 45 iniciales, y proporcionalmente por fracción.
- + 5 -10: 20 días adicionales.
10 años o +: 40 adicionales
- Trabajadores que al entrar en vigencia Ley 50/90 (29 Nov), tuvieren 10 años o + servicio continuo, seguirán amparados por D.2351/65, (8-5º) que disponía:
- 10 años o +: 30 días adicionales a 45 iniciales y proporcionalidad.
- Trabajador podrá demandar judicialmente, y juez optar entre reintegro en mismas condiciones de que antes gozaba y al pago de salarios dejados de percibir desde el despido; o la indemnización.
- La Corte Suprema ha reiterado que es empleador quien debe probar justa causa del despido trabajador únicamente demostrar hecho mismo.
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