COMO FUNCIONA JURIDICAMENTE EL TRABAJO A DOMICILIO?
El trabajo a domicilio fue tratado ampliamente en la 83 Conferencia de la OIT en Ginebra, en Junio de 1996, en donde se definió esta modalidad como el trabajo que una persona, designada como trabajador a domicilio, realiza:
En su domicilio, o en otros locales que escoja, diferentes a los del empleador.
A cambio de una remuneración.
Con el fin de elaborar un producto o prestar un servicio conforme a las especificaciones del empleador, independientemente de quien proporcione el equipo, los materiales u otros elementos utilizados para ello, a menos que esa persona tenga el grado de autonomía y de independencia económica necesaria para ser considerada como trabajador independiente, en virtud de la legislación nacional o de decisiones judiciales.
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